Aquí desmitificamos algunos mitos que surgen alrededor de esta nueva forma de medir la calidad:
¿CON ESTAS MEDICIONES SE VULNERARÁ LA PRIVACIDAD DE LOS USUARIOS?
No hay ningún tipo de vulneración a la privacidad de los usuarios. Para que se pueda obtener información sobre la calidad que estos experimentan en sus teléfonos, es indispensable que el mismo usuario autorice el uso de dicha información para que pueda ser utilizada en las mediciones de su operador.
Para tal fin, tanto los operadores móviles de red como el proveedor del servicio de medición de Crowdsourcing deberán dar cumplimiento a la Ley 1581 de 2012 “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales” y adoptar medidas para garantizar el debido tratamiento de los datos de los usuarios. Asimismo, deberán hacer especial énfasis en garantizar la seguridad, la calidad, la confidencialidad, el uso y la circulación restringida de la información requerida de los usuarios para realizar las mediciones.
Adicionalmente la regulación restringe que se compartan los datos obtenidos durante las mediciones con el método crowdsourcing y dispone que los parámetros del servicio se manejen y procesen de manera anonimizada. Finalmente, es importante resaltar que para la realización de las mediciones no se pedirá a los usuarios datos personales como nombres, teléfonos, direcciones, etc.
¿LA NUEVA FORMA DE MEDIR LA CALIDAD AFECTARÁ MI SERVICIO, MI SALDO O MI PLAN DE DATOS?
No. Las mediciones son de corta duración por lo cual el impacto en la experiencia es mínimo y no interfiere en el uso del servicio móvil. Tampoco habrá costos ni consumo de datos de los planes ni de los paquetes de datos al tomarse las mediciones.