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El 1 de enero de 2021 termina el periodo de transición para la implementación del Reglamento de Redes Internas de Telecomunicaciones - RITEL

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Comunicado de prensa
El 1 de enero de 2021 termina el periodo de transición para la implementación del Reglamento de Redes Internas de Telecomunicaciones - RITEL

Mediante la Resolución 5405 de 2018, modificada con la Res 5993 de 2020, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) estableció el Reglamento de Redes Internas de Telecomunicaciones - RITEL gracias al cual nuevas viviendas de propiedad horizontal contarán con infraestructura para que el ciudadano pueda elegir el operador de comunicaciones de su preferencia. Desde el 1 de enero de 2021 solo empresas acreditadas por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia - ONAC podrán certificar el cumplimiento del Reglamento.

Con el propósito de eliminar las barreras evidenciadas en muchas construcciones de vivienda que impiden el acceso de múltiples prestadores de servicios de comunicaciones en condiciones técnicas adecuadas, lo que a su vez genera que los residentes no puedan elegir el servicio de comunicaciones que requieren, la CRC estableció en 2018 el Reglamento de Redes Internas de Telecomunicaciones – RITEL.

Dicho reglamento establece las condiciones y características de la infraestructura soporte de telecomunicaciones en inmuebles que correspondan al régimen de propiedad horizontal, así como las condiciones para la instalación de la red de Televisión Digital Terrestre (TDT) y las reglas que debe cumplir los constructores, las administraciones de las copropiedades y los operadores, y fue adoptado en 2018, como resultado del trabajo conjunto con el sector de la construcción, los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones y entidades del gobierno nacional como el Ministerio Vivienda (Minvivienda), el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

Es así como todos los proyectos de construcción que se desarrollen como obra nueva desde el 1º de julio de 2019, deben cumplir con dichas normas y las actualizaciones establecidas en 2020 atendiendo a las observaciones del sector con el propósito de hacer precisiones en cuando al ámbito de aplicación, obligaciones, procesos de certificación y técnicamente en la infraestructura soporte, el acceso al servicio de televisión digital terrestre (TDT) que dan más claridad a su aplicación y cumplimiento.

Una vez culminado el periodo de transición establecido en las mencionadas resoluciones, el primero (1) de enero de 2021, el mecanismo de evaluación del cumplimiento del Reglamento solo podrá realizarse a través de organismos certificados ante la ONAC, y no a través de personas naturales capacitadas en RITEL como se permitió durante dicha fase de transición, lo cual es una práctica común en la adopción de los reglamentos técnicos.

“Debemos recordar que la acreditación es una actividad fundamental para proteger los intereses de los consumidores en términos de seguridad y calidad. Los organismos acreditados demuestran su competencia a través del cumplimiento de requisitos mundialmente aceptados. Por lo tanto, es fundamental que se avance en este paso con el fin de la transición del RITEL y los colombianos contemos cada vez con mejores condiciones para acceso a telecomunicaciones en nuestros hogares”, explicó Carlos Lugo Silva, Director Ejecutivo de la CRC.

Con este reglamento, Colombia se alinea con mejores prácticas internacionales que impulsan el acceso de más usuarios a mejores servicios de comunicaciones, y a través de ellos a educación, teletrabajo, comercio y entretenimiento, promoviendo además la sana competencia entre los prestadores de servicios.

Conozca todo acerca del Reglamento de Redes Internas de Telecomunicaciones – RITEL, aquí.