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La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) informa a la opinión pública y a los operadores de servicios postales que

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Comunicado de prensa
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) informa a la opinión pública y a los operadores de servicios postales que

Atendiendo a la declaratoria de Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, anunciada por el Presidente de la República, Iván Duque, y con el fin de aportar medidas desde el Sector Postal, que permitan evitar la afluencia de personas en las oficinas físicas de atención de los operadores postales, así como garantizar la atención de las necesidades de los usuarios, para la CRC se hace necesario aclarar:

De acuerdo el Régimen de Protección de los Derechos de los Usuarios Postales, los operadores postales deben disponer de los siguientes medios de atención:

Oficinas físicas en los municipios en los que prestan sus servicios o mecanismos tecnológicos idóneos que permitan recibir, atender, tramitar y responder las PQR y solicitudes de indemnización presentadas por sus usuarios.
Línea telefónica.
Si bien la línea telefónica es un medio obligatorio de atención a los usuarios, la atención a través de las oficinas físicas es potestad de los operadores quienes pueden decidir si disponen o no de mecanismos tecnológicos para la recepción, atención, trámite y respuesta de las PQR y de las solicitudes de indemnización. Así mismo, es su obligación informar a los usuarios acerca de estos mecanismos.

De acuerdo con lo anterior, y con el propósito de garantizar la prevención, protección y cuidado de los ciudadanos, la CRC recuerda que los operadores postales NO se encuentran en la obligación de tener a disposición de sus usuarios oficinas físicas como medio de atención, siempre y cuando cuenten con mecanismos tecnológicos necesario para garantizar la recepción de PQR y solicitudes de indemnización.