La Comisión de Regulación de Comunicaciones, informa que el H. Consejo de Estado mediante Auto Interlocutorio del 16 de abril de 2020, avocó conocimiento de la Resolución CRC 5951 de 26 de marzo de 2020, “[p]or medio de la cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 4 del Decreto 464 de 2020, y se dictan otras disposiciones […]”, en sede del trámite del control inmediato de legalidad.
Conforme a lo ordenado en el artículo Sexto de la parte dispositiva del citado auto, esta Comisión debe proceder “de manera inmediata, por el término de diez (10) días, en el sitio web oficial de la Entidad, con el objeto de informar a la comunidad, en general; y a los proveedores y operadores a que se refiere la Resolución 5951 de 26 de marzo de 2020, en especial: sobre la iniciación de la presente actuación judicial” y seguidamente, “remitir al Despacho sustanciador, dentro de los dos (2) días siguientes a la notificación de esta providencia, prueba de la publicación ordenada.”
En acatamiento de lo anterior, se publica la mencionada providencia en el sitio web de la CRC, por el término de diez (10) días, para conocimiento general y de los proveedores destinatarios de las disposiciones contenidas en la Resolución 5951 de 26 de marzo de 2020.