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CRC expide circular sobre separación contable para operadores de telecomunicaciones y TV por suscripción

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Comunicado de prensa
CRC expide circular sobre separación contable para operadores de telecomunicaciones y TV por suscripción

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) expidió la Circular 115 de 2015, en la que les recuerda a todos los operadores de telecomunicaciones y de televisión por suscripción la obligación de hacer separación contable, ya sea de manera detallada o simplificada de acuerdo con su nivel de ingresos operacionales, por cada servicio prestado y por cada línea de negocio.
 
Cabe recordar que en Colombia, de acuerdo con la Resolución CRC 4577 de 2014 la separación contable rige para los operadores o los grupos empresariales, dependiendo de su nivel de ingresos en el mercado, de tal forma que los operadores de servicios de comunicaciones que tengan un nivel de ingresos igual o superior al valor equivalente al 5% de los ingresos del sector (cerca de 1 billón de pesos) deberán hacer reportes de separación contable de manera detallada. Los demás operadores sólo serán sujetos a la obligación de separación contable de manera simplificada.
 
En la circular también se especifica que los operadores de telecomunicaciones y de TV por suscripción que tienen separación contable simplificada no están sujetos a las obligaciones de reporte periódico detallado, obligación que sólo es para los operadores sometidos a la obligación de separación contable detallada. Sin embargo, están obligados a tener implementado el esquema de separación contable simplificado, disponible para revisión de la CRC cuando la entidad lo requiera.