Como resultado del análisis y revisión de los estándares aplicables para la homologación de equipos terminales en Colombia, la Comisión de Regulación de Comunicaciones,-CRC- publica para conocimiento de todos los interesados la Resolución CRC 5031 de 2016
"Por medio de la cual se modifica el Capítulo I del Título XIII de la Resolución CRT 087 de 1997 y se dictan otras disposiciones". y el documento de respuestas a comentarios
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La mencionada resolución actualiza la tabla de normas técnicas y de radiación aplicables al proceso de homologación de equipos terminales móviles que debe surtirse ante la CRC respecto de cada modelo de equipo que vaya a ser conectado a las redes móviles en el país.
Es importante indicar que a partir del 7 de enero de 2017, deberá ser homologado todo equipo terminal móvil que opere en las bandas de 850MHz, 1900 MHz, [AWS] 1700/2100 MHz, y/o 2500 MHz, independientemente de si hace uso de esas redes para para la prestación de servicios de comunicaciones de voz y/o datos. Lo anterior, con excepción de aquellos equipos terminales móviles que respecto de los cuales la CRC previamente haya expedido una constancia de no pertinencia de homologación.
Así mismo, se actualiza el listado de requisitos aplicables al proceso de homologación, en cuanto a la eliminación del cobro para la homologación de equipos terminales móviles.
La citada resolución ha sido incluida en el Diario Oficial No. 50.019 de octubre del año en curso.