La CRC pone en conocimiento de todos los interesados, la Resolución CRC 5076 "Por la cual se modifica el TÍTULO - REPORTES DE INFORMACIÓN de la Resolución CRC 5050 de 2016, relacionado con el Reporte de Información periódica por parte de los Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones, los Operadores de Televisión y los Operadores de Servicios Postales, a la Comisión de Regulación de Comunicaciones y se dictan otras disposiciones", la cual fue publicada en el Diario oficial No. 50.101 del 29 de diciembre de 2016; así como el documento de respuestas a comentarios de la propuesta publicada.
Esta resolución actualiza los regímenes de reporte de información periódica TIC y Postal a la CRC, buscando un mayor equilibrio entre las necesidades de información de esta Comisión y la carga que supone para los proveedores y operadores el cumplimiento de las obligaciones de reporte. Dentro de los principales cambios introducidos, están:
· Unión de los dos regímenes de reporte de información periódica a la CRC (TIC y Postal), y agrupación de la totalidad de los formatos solicitados en cinco grandes bloques temáticos, que orienten en cuanto a su uso y dan una mayor organización al régimen; los cuales corresponden a: mercados, calidad, acceso e interconexión, usuarios y otros.
· Eliminación y modificación de algunos formatos de los actuales regímenes de información, ajustes en definiciones de variables y modificación de plazos de reporte por temática, para dar mayor claridad y flexibilidad en la carga operativa de los regulados.
Incorporación de la posibilidad de corrección de la información reportada y de la obligación de hacer pruebas de reporte antes del primer cargue de información al sistema designado por la CRC, que contribuyan a mantener una información confiable y oportuna.
Los Reportes asociados al Régimen de Calidad de Servicios de Telecomunicaciones, previstos en la Sección 2 del Capítulo 2 del Título de Reportes de Información de la Resolución CRC 5050 de 2016, modificados por la Resolución CRC 5076 del mismo año, serán definidos luego de que se expida el Régimen de Calidad.
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