Pasar al contenido principal

Operadores de telecomunicaciones y TV por suscripción deberán presentar contabilidad separada por cada uno de los servicios

Logo-CRC
Proyectos regulatorios
Operadores de telecomunicaciones y TV por suscripción deberán presentar contabilidad separada por cada uno de los servicios

La Comisión de Regulación de Comunicaciones expidió resolución que establece la separación contable como herramienta regulatoria. La medida rige para operadores de telecomunicaciones y de TV por suscripción.
Conforme con las mejores prácticas regulatorias en materia de servicios de comunicaciones y las instrucciones establecidas en la Ley de TIC (ley 1341 de 2009), Colombia adoptó la separación contable como herramienta regulatoria, la cual obliga a los prestadores de servicios de comunicaciones del país a presentar información económica y financiera de manera separada por cada servicio prestado y por cada línea de negocio.

 

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) expidió las reglas que imponen este mecanismo regulatorio, que es principalmente utilizado para detectar la existencia de prácticas anticompetitivas. Esta medida se ha implementado en varias partes del mundo, en diferentes modalidades y grados de separación, como en el Reino Unido, Estados Unidos, Australia, Nueva Zelanda, Suecia, Italia y Singapur. En América Latina, ya rige en México, Perú y Argentina.

 

En Colombia, la separación contable regirá para los operadores o los grupos empresariales, dependiendo de su nivel de ingresos en el mercado, de tal forma que los operadores de servicios de comunicaciones que tengan un nivel de ingresos igual o superior al valor equivalente al 5% de los ingresos del sector (cerca de 1 billón de pesos) deberán hacer un reporte de separación contable detallados. Los demás operadores sólo serán sujetos a obligación de separación contable simplificada.

 

Con la separación contable, la CRC tendrá información precisa de los costos en que incurren los operadores para la prestación de los servicios de telecomunicaciones (telefonía fija y móvil, Internet fijo y móvil) y de televisión, con lo cual la regulación colombiana cumple con una de las recomendaciones hechas por la OCDE en su reporte de políticas de telecomunicaciones, ya que le permite al regulador “contar con información y conocer los costos mayoristas, de acuerdo con modelos de contabilidad de costos, lo cual permite aplicar la regulación de precios mayoristas”.

 

Esta regulación cobra especial relevancia, teniendo en cuenta que cada vez más los operadores ofrecen nuevos servicios al mercado en forma empaquetada.

 

Adicionalmente, esta medida permite:

Proporcionar información con un mayor nivel de detalle operativos y financieros de los que se deriva de los estados financieros.
Reflejar de manera desagregada el desempeño de las divisiones minorista y mayorista de la empresa como si las mismas fueran empresas separadas.
Obtener información de referencia de las tarifas de interconexión y, en general, las tarifas mayoristas (orientadas a costos), así como el monitoreo de las tarifas minoristas reguladas.
Contribuir a prevenir la discriminación en favor de las actividades de las empresas verticalmente integradas y ayudar a prevenir subsidios cruzados entre servicios.
 

Cabe destacar que esta resolución hace parte del proyecto regulatorio “Implementación Modelo de Separación Contable en el Sector de Telecomunicaciones”, en el marco de la agenda regulatoria de la CRC de 2014.

 

-::-
Mayor información de Prensa:
www.crcom.gov.co E-mail: atencioncliente@crcom.gov.co
Oficina de prensa CRC: Amilde Frías Rincón. Tel. +57 1 3198300 ext. 8332
E-mail: amilde.frias@crcom.gov.co