-
¿Se puede postular más de un proyecto?
Si, se puede postular más de un proyecto. En todo caso, cada propuesta debe estar articulada en una única modalidad y podrá seleccionar solo una línea temática asociada a esta.
Si se llegara a presentar el caso que una misma entidad ejecutora cuente con más de dos (2) propuestas elegibles en una misma modalidad, se financiarán máximo dos (2) propuestas en cada una de las dos modalidades definidas para esta convocatoria, que serán las que presenten los mayores puntajes, de acuerdo con lo establecido en el numeral 12. BANCO DE ELEGIBLES de los Términos de Referencia. -
¿Cómo hago la postulación?
1.Ingresar a la página web de Minciencias.
2.Ingresar al menú ubicado en la parte superior de la página web – SCIENTI Y SIGP.
3.Hacer clic en la opción Formulario en línea para registro de entidades ubicado en la parte derecha.
4.Realizar el preregistro de las entidades participantes en el proyecto con la información solicitada.
5.Ingresar al módulo de entidades con las credenciales otorgadas y registrar la información de la entidad ejecutora y entidades participantes en el proyecto.
6.Una vez finalizado el registro de la entidad, ingresar al link de Formulario de Proyectos y/o programas.
7.Diligenciar la información solicitada por el formulario en línea para la presentación de las propuestas de proyectos a la convocatoria.
8.Debe adjuntar la totalidad de los documentos que soportan los requisitos.
9.Hacer clic en el botón Validar, ubicado en la parte inferior del menú.
10.Una vez se oprime el botón de enviar formulario, el sistema registrará el proyecto y generará su respectivo código del proyecto. (Vínculo directo a convocatoria de Minciencias) -
¿A qué se refiere el criterio de selección de necesidad demostrada?
Conforme a lo establecido en el artículo 12.1.1.7.3 de la Resolución CRC 5050 de 2016, el criterio de necesidad demostrada que será aplicado en la fase de evaluación responde a la siguiente pregunta fundamental: “¿La innovación propuesta realmente no puede ser implementada bajo el marco regulatorio vigente?”.
Así, según el mencionado artículo dicha pregunta fundamental se responde afirmativamente si se cumple alguno de los siguientes indicadores positivos:
“La propuesta no se ajusta al marco regulatorio vigente.”
“Ajustar la innovación a la regulación vigente requeriría inversiones significativas.”
“La propuesta no genera afectación a la infraestructura, a sus operarios ni perjudica las redes o servicios prestados por otros proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones (PRST), proveedores de contenidos y aplicaciones (PCA) u operadores de servicios postales (OSP)” -
¿Cómo se eligen los proyectos beneficiarios?
Las propuestas con puntaje igual o superior a setenta y cinco (75) puntos en la evaluación ingresarán al banco de elegibles.
El banco de elegibles se ordenará, según los puntajes obtenidos en la evaluación, de forma descendente teniendo en cuenta los proyectos por cada modalidad y por cada línea temática que haga parte de esta.
Asignación de recursos: Del listado de elegibles se aprobará el proyecto que haya obtenido el puntaje más alto para cada una de las líneas temáticas que componen cada una de las dos modalidades.
Luego de aplicar el criterio antes mencionado, en caso de presentarse saldos en alguna de las dos modalidades, se conformará una bolsa de recursos para aprobar proyectos en la modalidad 2. Se aprobarán los proyectos del banco de elegibles de esta modalidad en orden descendente indistintamente de la línea temática. -
¿Cuáles son los criterios de evaluación?
Modalidad 1
1.Calidad de la propuesta
2.Conformación y experiencia del equipo de trabajo
3.Resultados e impactos esperados
4.Sustentación de la propuesta (Pitch)
Modalidad 2
1.Diferencial de la tecnología
2.Pertinencia del proyecto
3.Experiencia del equipo de trabajo que participa en el trabajo
4.Resultados del proyecto
5.Conformación y articulación de la alianza
6.Sustentación de la propuesta (Pitch) -
¿A qué se refiere el criterio de selección de beneficios para los ciudadanos?
Conforme a lo establecido en el artículo 12.1.1.7.2 de la Resolución CRC 5050 de 2016, el criterio de beneficio para los ciudadanos que será aplicado en la fase de evaluación responde a la siguiente pregunta fundamental: “¿Tiene la innovación propuesta beneficios identificables para los ciudadanos?”.
Así, según el mencionado artículo dicha pregunta fundamental se responde afirmativamente si se cumple alguno de los siguientes indicadores positivos:
“La propuesta está alineada con los principios orientadores de la Ley 1341 de 2009, modificados por la Ley 1978 de 2019 y los de la Ley 1369 de 2009; y contribuye al cumplimiento de las metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo.”
“La innovación brindaría acceso en zonas rurales o apartadas o en aquellos municipios focalizados por las políticas públicas.”
“La innovación promovería la competencia en el sector de comunicaciones”.
“La propuesta podría tener un efecto positivo en los precios o la calidad de los servicios de comunicaciones.” -
¿Qué sectores regula la CRC?
Regula los mercados de redes y los servicios de comunicaciones, incluidos todos los servicios de televisión, radiodifusión sonora, y postales.
-
¿A qué se refiere el criterio de selección de innovación?
Conforme a lo establecido en el artículo 12.1.1.7.1 de la Resolución CRC 5050 de 2016 el criterio de innovación que será aplicado en la fase de evaluación responde a la siguiente pregunta fundamental: “¿El proyecto constituye una innovación significativamente diferente?”.
Así, según el mencionado artículo dicha pregunta fundamental se responde afirmativamente si se cumple alguno de los siguientes indicadores positivos:
“La propuesta implementa tecnologías de última generación.”
“La propuesta incluye formas nuevas de usar tecnología disponible
No existen ofertas comerciales similares actualmente en el mercado en el cual se desarrollará el proyecto.”
De esta manera, este criterio de evaluación no solo se refiere a la innovación en el ámbito tecnológico, sino que también incluye lo relacionado con la innovación en el modelo de negocio o la manera de prestar un servicio. -
¿Cuáles son las competencias de la CRC?
De conformidad con la Ley 1341 de 2009 (modificada por la Ley 1978 de 2019) y la Ley 1369 de 2009, corresponde a la CRC además de promover la competencia en los mercados, promover el pluralismo informativo, evitar el abuso de posición dominante; regular los mercados de las redes y los servicios de comunicaciones y garantizar la protección de los derechos de los usuarios; con el fin de que la prestación de los servicios sea económicamente eficiente y refleje altos niveles de calidad de las redes y los servicios de comunicaciones, incluidos todos los servicios de televisión, radiodifusión sonora, y postales.
-
¿Debe el proponente cumplir con todos los indicadores positivos de cada uno de los criterios de selección?
No. Se aclara que, conforme lo establece el parágrafo del artículo 12.1.1.7 de la Resolución CRC 5050 de 2016, “El proyecto y su proponente no necesariamente deben cumplir con la totalidad de los indicadores positivos establecidos para cada criterio de selección”, sin embargo, es el cumplimiento de los indicadores positivos lo que responde a cada pregunta fundamental y, en consecuencia, genera la posibilidad de que el proyecto sea admitido para iniciar la fase de experimentación en el Sandbox Regulatorio.