Pasar al contenido principal

2000-71-22

Revisión del valor regulado de facturación y recaudo y gestión operativa de reclamos

Tipo de Proyecto

Regulatorio Comunicaciones

Resumen

Con la Resolución 3096 del 15 de julio de 2011, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) determinó que “el valor de remuneración asociado a la instalación esencial de facturación, distribución y recaudo, podrá ser superior a seiscientos ochenta y cinco pesos con setenta y seis centavos ($685,76) por factura, precio que incluye la remuneración de tal instalación esencial, así como su respectiva utilidad y el IVA.”

El 29 de diciembre de 2016 se publicó en Diario Oficial la Ley 1819 de 2016, “Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones”, a través de la cual la tarifa general del impuesto sobre las ventas (IVA) pasó de un 16% a un 19%.

En atención a tal cambio en la tarifa general del IVA, y teniendo en cuenta que el artículo 2° de la Resolución CRC 3096 (compilado en el Título IV, Capítulo 9, Artículo 4.9.1.1 de la Resolución CRC 5050 del 2016) dispuso que el valor de remuneración asociado a la instalación esencial de facturación, distribución y recaudo, incluye la remuneración de tal instalación así como su respectiva utilidad y el IVA, varios proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones han solicitado a esta Comisión que conceptúe respecto del valor tope para la instalación esencial de distribución, facturación y recaudo publicada para el año 2017, ya en vigencia de las tarifas de IVA contenidas en la Ley 1819 de 2016.

Así, este proyecto regulatorio tuvo el propósito de independizar el valor regulado de las variables externas a la dinámica del mercado y del objeto regulatorio, que puedan tener impacto en el tope establecido para la remuneración de la instalación esencial de distribución, facturación y recaudo dispuesto en el Título IV, Capítulo 9, Artículo 4.9.1.1 de la Resolución CRC 5050 del 2016. Este ajuste normativo se vio reflejado en la Resolución CRC 5198 de 2017.