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Transparencia y acceso a la información pública

De acuerdo a la Ley 1712 de 2014 por la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho a la Información Pública Nacional' se pone a disposición esta sección en la cual los ciudadanos, sector TIC e interesados pueden conocer de primera mano la información del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Según como lo dicta la Ley, la información generada por las entidades del Estado no podrá ser reservada o limitada, por el contrario es de carácter público, por tal motivo se proporciona y facilita el acceso a la misma en los términos más amplios posibles y a través de los medios amparados por ley.

De acuerdo a los mínimos a publicar de que tratan los artículos 9, 10 y 11 de la Ley 1712 de 2014, sin perjuicio de lo previsto en el artículo inmediatamente siguiente respecto a los sujetos obligados a publicar en los sistemas de información del Estado, se ponen a disposición los siguientes temarios:

1.1 Misión, visión, funciones y deberes

MISIÓN :

Regular los mercados de comunicaciones bajo criterios de mejora normativa para proteger los derechos de la ciudadanía, promover la competencia, la inversión, la calidad de los servicios y el pluralismo informativo.

 

VISIÓN 2025:

Consolidar un ambiente regulatorio innovador, simple, dinámico, transparente, plural y con usuarios empoderados, que contribuya al desarrollo del país.
 

 

PROPÓSITO SUPERIOR:

Una Colombia con servicios de comunicaciones que mejoren la calidad de vida de toda la ciudadanía.

 

FUNCIONES:

Las funciones de la CRC, previstas en el artículo 22 de la Ley 1341 de 2009, modificado por la Ley 1978 de 2019, son las siguientes.

Son funciones de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, respecto de la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones, incluyendo el servicio de televisión abierta radiodifundida y todas las demás modalidades del servicio de televisión y el servicio de radiodifusión sonora, las siguientes.